Guía práctica: Efectos jurídicos del coronavirus COVID-19 - Fin del ERTE
¿Cómo se produce la reincorporación de los trabajadores afectados por el ERTE?
Dado que muchos trabajadores están volviendo a sus puestos de trabajo en actividades no esenciales, en los últimos días se han multiplicado las consultas ante la Autoridad laboral relativas al fin de ERTES o a la posible reincorporación de parte de las plantillas. Resumimos los pasos a seguir en ambos casos.
“Del mismo modo que las prestaciones fueron solicitadas por el empleador y no por los trabajadores, las bajas deben ser instadas por el mismo (los empleados no han de realizar ninguna gestión en este sentido).
También comunicarán la fecha a los empleados afectados, que entenderán que su prestación quedará interrumpida desde dicha fecha.”
El solicitante del ERTE (empresa) debe fijar en su solicitud fechas de inicio y de final de la suspensión o reducción, en su caso. Las fechas de inicio son claras, pues se refieren al primer día en que la medida afecte a cada empleado; las de finalización son más complicadas, por razones evidentes. En caso de ERTE por fuerza mayor, esta última fecha no puede ser posterior a la fecha prevista de finalización del estado de alarma.
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